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La regulación de los CFDs en Ecuador se encuentra principalmente en la Ley de Mercado de Valores (Ley N° 9645) y en las normas dictadas por la SCVS, como la Resolución SCVS-INEN-2018-0058.

En resumen, la regulación establece que las empresas que ofrecen CFDs en Ecuador deben cumplir con los siguientes requisitos:


  1. Obtener la autorización de la SCVS para ofrecer estos servicios.

  2. Asegurarse de que los clientes tengan información clara y completa sobre los riesgos asociados a la inversión en CFDs.

  3. Contar con medidas para prevenir el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

  4. Establecer procedimientos para gestionar los riesgos asociados a la prestación de servicios relacionados con los CFDs.

  5. Proporcionar información periódica y clara a los clientes sobre sus posiciones y operaciones en CFDs.


Además, la Resolución SCVS-INEN-2018-0058 establece que las empresas que ofrecen CFDs deben cumplir con ciertos requisitos específicos, como la obligación de contar con un sistema de gestión de riesgos, la obligación de evaluar la idoneidad de los clientes para operar en estos instrumentos financieros, y la obligación de establecer políticas para la gestión de conflictos de interés.


Puedes encontrar más información sobre la regulación de los CFDs en Ecuador en el sitio web de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (https://www.supercias.gob.ec/).

En Ecuador, la regulación de los CFDs (Contratos por Diferencia) está a cargo de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS), entidad encargada de supervisar y regular el mercado de valores y los intermediarios que operan en él.

REGULACIÓN DE CFDS EN ECUADOR

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