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La regulación de los CFDs en Panamá se encuentra principalmente en la Ley del Mercado de Valores (Ley 67 de 2011) y en las normas dictadas por la SMV, como el Acuerdo 9-2020 que establece los requisitos para la oferta pública de contratos por diferencia (CFDs) en Panamá.

En resumen, la regulación establece que las empresas que ofrecen CFDs en Panamá deben cumplir con los siguientes requisitos:


  1. Obtener la autorización de la SMV para ofrecer estos servicios.

  2. Asegurarse de que los clientes tengan información clara y completa sobre los riesgos asociados a la inversión en CFDs.

  3. Contar con medidas para prevenir el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

  4. Establecer procedimientos para gestionar los riesgos asociados a la prestación de servicios relacionados con los CFDs.

  5. Proporcionar información periódica y clara a los clientes sobre sus posiciones y operaciones en CFDs.


Además, el Acuerdo 9-2020 establece que las empresas que ofrecen CFDs deben cumplir con ciertos requisitos específicos, como la obligación de contar con un sistema de gestión de riesgos, la obligación de evaluar la idoneidad de los clientes para operar en estos instrumentos financieros, y la obligación de establecer políticas para la gestión de conflictos de interés.


Puedes encontrar más información sobre la regulación de los CFDs en Panamá en el sitio web de la Superintendencia del Mercado de Valores (https://www.svm.gob.pa/).

En Panamá, la regulación de los CFDs (Contratos por Diferencia) está a cargo de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), entidad encargada de supervisar y regular el mercado de valores y los intermediarios que operan en él.

REGULACIÓN DE CFDS EN PANAMÁ

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